|
Cooperativas de casas y apartamentos.
Cuando se habla de una cooperativa, es cuando un grupo de personas toman la
decisión de unirse voluntariamente, con la finalidad de satisfacer las
necesidades requeridas de
vivienda.
Dichas asociaciones tienen que poseer personalidad jurídica propia. Esto es lo
que genera que su funcionamiento sea democrático entre la entidad y los socios.

La promoción de dichas cooperativas se las dan los propios socios, los cuales de
igual forma realizan las gestiones promotoras de la construcción de viviendas.
En otras palabras, son los mismos socios quienes contratan al arquitecto,
constructor, supervisor de la obra, etc. Es muy importante que se tenga la
cotización de todo lo gastado incluyendo el precio de la construcción, para que
de esta forma se lleve en paz el proceso.
La figura del promotor es eliminada, cuando se da la opción cooperativa de
viviendas. Esto le proporciona un ahorro al socio cooperativita, debido a que no
tiene que pagar los servicios del promotor. Muchas cooperativas tienen dentro de
sus normas velar por la conservación y administración de las viviendas, que se
hayan adquirido por vía de ellas. Otras cooperativas cuentan con estatutos que
aclaran y defienden:
• Los derechos de los socios
• Las obligaciones de los socios
• Los impuestos que los socios deben cumplir
• Las leyes cooperativas. [ Equipo
arquitectura y construcción de
ARQHYS.com ].
|