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Fianzas.
Se conoce como fianza la
garantía X que es prestada
para asegurar que la persona cumpla con todas sus obligaciones. Tomando en
cuenta este término respecto al contrato de arrendamiento o alquiler, la fianza
viene siendo la cantidad de dinero, o el monto que el arrendatario entrega al
arrendador para garantizar que este cumpla todas sus obligaciones.

Este monto debe ser devuelto desde que se finalice el contrato. Según la ley;
los arrendatarios urbanos deben establecer una fianza mínima; o sea, deben
establecer un monto en efectivo de acuerdo a la mensualidad de la renta. Según
las obligaciones del arrendador, este deberá de depositar la fianza en el
Organismo Oficial que le fue asignado a la hora de establecer la fianza.
En el acuerdo se pueden establecer otros tipos de garantías que no sea
exactamente la fianza en metálico; un ejemplo claro es la aval, como es el aval
personal, los seguros, el aval bancario, etc.
Si la persona llega a incumplir la obligación garantizada, va a depender del
caso para determinar que ocurre con la fianza. Por ejemplo, en Derecho procesal
penal, si el acusado se da a la fuga, perderá todo el dinero dado en la fianza;
y en Derecho contractual el acreedor podrá usar la fianza para cubrir los daños
y perjuicios que ocasionó la persona. [ Equipo
arquitectura y construcción de
ARQHYS.com ].
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