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Así nacieron los títulos de deudas respaldados, es decir
garantizados por un activo real, como ser sobre prendas de automotores, con
garantía de facturas conformadas, hipotecas, etc. El gobierno de los Estados
Unidos creó un organismo que inició el mercado de securitización, desarrollando
un título garantizado por préstamos hipotecarios para viviendas; de esta manera
se incentivaba a las entidades financieras a otorgar ciertos tipos de préstamos
hipotecarios que se financian con la emisión de títulos respaldados por dichas
hipotecas y garantizados por el gobierno. Posteriormente se incorporan en la
operatoria los bancos comerciales y las sociedades de ahorro y préstamos para la
vivienda; en la actualidad existen entidades mayoristas dedicadas exclusivamente
a la securitización. En Europa, el mercado más desarrollado en cuanto a
securitización es Inglaterra, ya que en Francia se estableció el marco legal
apropiado recién en 1988, con la creación de los Fonds Commens de Créances.
En Latinoamérica el país con más experiencia es México, donde se conoce este
fenómeno con el nombre de titularización o titulización. En nuestro país aun no
ha tenido auge el instrumento de la securitización, atento que la ley 24441 (B.O.16-01-95)
de financiamiento de la vivienda y construcción tiene una vigencia reciente, ya
está previsto que a través de este sistema el BHN compre los créditos
hipotecarios del sistema privado y emita títulos, para conseguir dinero para
reactivar la economía. La regulación establecida por esta ley dio el marco
necesario para captar mayores ahorros del sector privado para la financiación y
construcción de viviendas, también estableció un régimen especial de ejecución
de hipotecas transferidas en fideicomiso, permitiendo una rápida y no costosa
ejecución de las mismas. Asimismo reguló la figura de la letra hipotecaria
enmarcándola como un título valor con garantía hipotecaria, que reemplazará al
viejo pagaré hipotecario. (Articulo enviado por:
Carlos Raviglione,
carlosraviglione@yahoo.com) |