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Licencias de Obra de Construcción.
Hay 2 tipos de licencia para realizar obras menores conocidas como ordinaria y
comunicada. Las obras menores involucran actividades llevadas a cabo en el
hogar, estas no pueden implicar modificación sustancial de uso de
vivienda, ni las
condiciones de seguridad, es decir ni la estructura, ni los conductos generales
de saneamiento vertical. Dentro de estas actividades se pueden mencionar:

• Reforma parcial no estructural
• Reparación
• Modificación
• Ajardinamiento
• Pavimentación
• Reparación de pasos o badenes en aceras para facilitar el acceso de
vehículos.
• Trabajos de nivelación
Otras obras más complicadas ya son consideradas mayores, que involucren
modificaciones arquitectónicas tales como estructurales de los inmuebles,
exteriores del edificio, reforma integral de locales, etc. La diferencia de una
obra menor ordinaria y comunidad es que en el procedimiento a seguir de cada
una, las comunicadas se realizan todo en un acto y en las ordinarias en dos.
Estas obras menores se caracterizan por su:
• Sencillez técnica
• Escasa entidad constructiva
• Economía
Los documentos que se necesitan para tener la licencia de una obra menor son los
siguientes:
• Instancia, con datos personales de identificación y dirección a efectos de
notificaciones (Modelo 420).
• Etiqueta identificativa del N.I.F. o del D.N.I.
• Acreditación de representación
• Situación de la obra a realizar
• Copia de ingreso de autoliquidación de tributos aplicables
• Memoria detallada de la actuación
• Presupuesto detallado por partidas
• Fotografía de la fachada.
• Referencia o fotocopia de la licencia de apertura. [ Equipo
arquitectura y construcción de
ARQHYS.com ].
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