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 Hipotecas

 Hipotecas por pagar. Los pasivos a largo plazo está representado por los adeudos cuyo vencimiento sea posterior a un año (1), o al ciclo normal de las operaciones de éste es mayor. Se originan de la necesidad de financiamiento de la empresa ya sea, para la adquisición de activos fijos, cancelación de bonos, redención de acciones preferentes, etc.

Los pasivos a largo plazo dentro de las empresas mas comunes son: los Préstamos hipotecarios y los Bonos u Obligaciones por pagar. Las tablas de Amortización sirve para reflejar como se está realizando el pago de una deuda contraída mayormente representados por inversiones cuantiosas que la empresa desea realizar y en donde se mueve a lo que se le llaman "documentos por pagar a largo plazo", ya que, enormes cantidades de dinero no pueden ser pagados al momento, porque se daría en caso de que la empresa se quedara sin liquidez (a menos que sea un tipo de empresa donde le efectivo sea su forma de pago de manera continua y no mediante cheques). Estas inversiones generan intereses y gastos, por lo tanto, se necesita llevar un control de lo que se va amortizando (pagando o gastando la deuda). En el presente trabajo se tomarán en consideración, rubros que pertenecen a los pasivos a largo plazo, como: hipotecas por pagar, créditos diferidos, los efectos por pagar a largo plazo y el fondo de amortizaciones. Son todos aquellos adeudos que están representados por documentos, hipotecas, o títulos; y cuyo vencimiento en el largo plazo es mayor a un (1) año para aquellas empresas que por sus características especiales así lo tengan.

Hipotecas por pagar. Concepto: Son préstamos contraídos por las empresas pero debidamente garantizadas con bienes e inmuebles, y sobre las cuales no puede pesar enajeción o gravamen sin la debida cancelación.

Características:

  • Los préstamos tiene garantías que se derivan del inmueble hipotecado.

  • Si el deudor no cumple con el pago, se ejecutará la hipoteca, rematando el bien y el acreedor o prestamista cobrará el monto del capital de la hipoteca, los intereses que estos hayan causados, los gastos judiciales y cualquier otro gasto por el cual haya incurrido el incumplimiento de la misma.

  • El acreedor no llega a ser necesariamente el propietario del bien hipotecado.

  • La hipoteca debe ser registrada debidamente en el Registro Público para que tenga efectos legales y poder actuar en caso de no cumplirse con las cláusulas establecidas al momento del préstamo. (Articulo enviado por: Maria Barrera, emilita2003@cantv.net)

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