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Viviendas de proteccion oficial.
Las Viviendas de protección oficial, son las que se encuentran reguladas por la
Administración, debido a su tipología, dimensiones y precios. Generalmente estas
cuentan con establecimientos de condiciones que le permiten recibir ciertos
beneficios económicos y fiscales. Esto es posible por los compradores que reúnen
las condiciones requeridas para obtener la titularidad de la
propiedad.

Las V.P.O. se determinan por medio de lo que se conoce como domicilio habitual y
permanente. Muchas de estas viviendas se caracterizan por tener una superficie
máxima. Dichas viviendas se presentan de manera pública, las cuales son
promovidas por la administración, otras son de forma privada, régimen general y
especial. Los precios de estas viviendas se determinan mediante módulos.
Cuando se trata de una compraventa estas viviendas presentan algunas
limitaciones. Se pueden vender antes de su liberalización, lo importante es que
se le de la previa información a la Administración, esto con la finalidad de que
la adquisición sea legal y a su vez pueda obtener el derecho preferente de
compra. El precio lo pone la administración, pero una vez que esta deja de ser
Vivienda de Protección Oficial, deja de ser la Administración la tasadora. [ Equipo
arquitectura y construcción de
ARQHYS.com ].
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