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La
fianza.
Zoltan encontró un lugar para instalar el negocio que siempre había
imaginado tener luego de durar meses sin tener ninguna respuesta de este lugar.
Aquel lugar que encontró era perfecto para abrir una pequeña frutería. Pero
había un gran problema y era que este local estaba en bruto y necesitaba una
gran reforma y una gran inversión de dinero y de tiempo. Zoltan comenzó a
sentirse muy agobiado que hasta llego a marearse ya que cuando comenzó a hacer
cuentas y sumandos los honorarios de la agencia
inmobiliaria que le había proporcionado el
local, el pago del primer mes de renta, los dos meses de fianza y el dinero de
la reforma se le dispararon. Después de este golpe, Zoltan tuvo una idea de que
tal vez el propietario le exima de la fianza, ya que el local estaba bruto y
parece absurdo dar una fianza para garantizar el buen estado de este, ya que con
la mínima reforma que haga siempre se devolverá en mejores condiciones de las
que se ha sido entregado.
Ahora bien, al principio el propietario lo vio justo, pero después de consultar
con el departamento jurídico de la empresa inmobiliaria cambio de idea
rápidamente ya que la fianza es reguladora por el articulo 36 de la ley de
Arrendamientos Urbanos. la palabra fianza tiene muchos significados, se puede
hablar de fianza administrativa, de fianza mercantil, de fianza civil, de fianza
urbana y de fianza procesal. Ahora bien atendiendo a este caso se trabajara con
la fianza urbana, esta nos dice que a la celebración de los contratos
comprendidos en la LAU será obligatoria la existencia, por parte del arrendador
y prestación de cargo del inquilino de fianza en cantidad variable según el
objeto arrendado. El arrendador se apoya en dos fundamentos para pedir fianza
estas son: que el inquilino le abone la renta y que el inquilino le devuelva el
bien arrendado tal como lo recibió. Es por ello que la fianza es una garantía
para asegurar que se cumpla estos dos puntos.
Ahora bien la fianza tiene muchas características como son:
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Se debe entregar dos mensualidades para contratos de uso distinto de vivienda y
una mensualidad para contratos de uso de vivienda.
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El inquilino debe entregarla al arrendador el día de la firma del contrato de
arrendamiento.
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La fianza deberá ser restituida por el arrendatario al final del arriendo, y
devengará el interés legal a partir de un mes desde la entrega de las llaves.
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Se puede actualizar cumplidos cinco años de contrato. El arrendador puede exigir
que la fianza sea incrementada o el arrendatario que disminuya dependiendo de si
la renta vigente ha aumentado o ha disminuido. [ Equipo
arquitectura y construcción de
ARQHYS.com ]
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