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Todas las calles secundarias, pasillos, andadores deberán ser construidas con
adoquines y hidráulicos que permiten la infiltración de las aguas pluviales, las
banquetas deberán contar en toda su extensión con jardineras de un ancho mínimo
de 40cm a partir de la guarnición. a) Las aguas residuales y pluviales se
deberán conducir de los predios edificados a las alcantarillas instaladas con
tal objeto en la vía publica. b) En las zonas donde no exista servicios de
drenaje los propietarios o poseedores de los predios deberán construir. Cuando
el drenaje (albañal) interior se localiza a nivel interior de la atarjea y se
haya dispuesto la descarga por bombeo para elevar el agua deberán instalarse
cárcamo, motobombas y demás elementos necesarios para evitar interrupciones en
su operación, los que deberán ser proyectadas, construidos, operados y
conservados por el usuario. En las construcciones en ejecución cuando haya
necesidad de bombear el agua friática (agua que sale de la tierra) durante el
proceso de cimentación ó con el motivo de cualquier desagüe que se requiera se
descargara el agua en un decantador para evitar que sólidos en suspensión
absorben la red de alcantarillado. Queda prohibido desalojar agua al arroyo de
la calle o a la coladera pluvial y se deberá instalar el albañal autorizado
(tubo del drenaje) desde el principio de la construcción que se conecta desde el
drenaje. Se prohíbe arrojar dentro del sistema de alcantarillado desechos
sólidos subsectibles de sedimentarse y de obstruir los conductos, grasas,
líquidos ó sustancias inflamables, tóxicas, corrosivas y en general cualquier
desecho objeto ó sustancia que pueda ocultar los conductos ó estructura ó
funcionamiento del sistema, afectar las condiciones ambientales, sanitarias,
causar daños a la población ó que haga económicamente incosteable su tratamiento
interior. Corresponde al departamento realizar las correcciones de albañales
exteriores para descarga de aguas residuales y pluviales entre ellos;
unifamiliares, edificios multifamiliares, condominios, etc... Los interesados
que requieran la conexión al sistema de alcantarillado deberá presentar la
solicitud correspondientes por escrito.
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Nombre y domicilio del solicitante.
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Ubicación del predio y destino.
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Croquis de localización del predio.
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Diámetro del albañal solicitado con la justificación correspondiente.
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Especificar si el predio esta edificado.
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Los demás en cada paso se requiera. A la solicitud deberá acompañarle la
licencia de construcción ó autorización correspondiente.
Para los efectos del presente reglamento se entera.
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Acueductos: Conductos natural ó artificial subterráneo ó elevado, para conducir
agua de una fuente de abastecimiento a un deposito determinado ó a la red de
distribución.
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Aforo: Es el volumen del liquido que fluye por un conducto ó caudal en la unidad
de tiempo.
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Agua pluvial: La generada por la precipitación de los condensados por el vapor
atmosférico.
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Agua residual: El liquido de composición variada resultante de cualquier uso
primario del agua por el que haya sufrido degradación original.
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Agua residual tratada: El liquido de composición variada proveniente del agua
residual y resultante de un conjunto de operaciones y procesos de tratamiento y
secundarios.
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Albañal exterior: La parte del conducto que desaloja aguas pluviales y
residuales comprendida desde el parámetro ó alineamiento del predio hasta la
conexión de la atarjea.
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Albañal interior: La parte del conducto que desaloja aguas pluviales y
residuales comprendidas en el interior de un predio hasta su conexión con el
albañal exterior.
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Alcantarillado: La red ó sistema de conductos ó dispositivos para recolectar y
conducir las aguas pluviales y residuales al desagüe ó drenaje.
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Atarjeas: La parte del alcantarillado que recibe las aguas pluviales y
residuales conducidas por los albañales exteriores.
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Amortiguador de golpe de diente: Mecanismo para disminuir la sobre presión que
se introduce en una tubería cuando se corta el flujo del agua.
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Caja de válvulas: Estructura construida a base de muros y losas de concreto para
el mecanismo de control y regulación de caudales con objetos de operar líneas
contención y distribución de agua.
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Canal ó cause abierto: Conducto superficial natural ó artificial que recogen,
conducen, transportan y evacuan el agua.
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Cárcamo: Estructura para alojar agua.
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Coladera pluvial: Estructura con rejilla ya sea de banqueta o de piso que
permite el acceso del agua pluvial al sistema de alcantarillado pluvial.
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Colector: Conducto principal donde convergen el agua pluvial y residuales de
drenaje.
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Conducto: Son las tuberías y canales que permiten el flujo del agua.
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Cuadro: El conjunto de tuberías y piezas que se ubican a la entrada de los
conductos.
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Des-absorbe: Extracción de residuos sólidos acumulados en tuberías lagos,
lagunas y en general cualquier estructura hidráulica natural ó artificial.
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Descarga: Las aguas residuales y pluviales que se inviertan en el sistema de
alcantarillado y drenaje.
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Drenajes: Sistema de caños ó tubos de diversos diámetros para el desagüe de
desechos y aguas que capta la red de alcantarillado.
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Fosa séptica: Depósitos sanitarios donde se acumulan aguas residuales para un
tratamiento primario.
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Lago recreativo: Deposito de agua residual tratada ó pluvial en un área de
terreno destinado a la diversión.
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Planta de tratamiento: Instalación industrial compuesta en un conjunto de
unidades de proceso que depuran las aguas residuales a fin de reutilizarse de
conformidad con las normas de salud y ecologías establecidas.
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Paso de infiltración: Instalación construida para recargar los mantos freáticos
con las aguas pluviales y / ó tratados.
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Pozo: La excavación ó perforación que se hace en el terreno para extraer,
inyectar agua ó para otros fines.
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Pozo de observación: La excavación de sección circular construida para medir
niveles creativos y determinar la calidad del agua subterránea.
Corresponde al departamento construir, autorizar la construcción y supervisar
las obras requeridas para el adecuado subministro de agua hacia la población
para el tratamiento y distribución del agua residual, la construcción de obras
de drenaje y alcantarillado, así como también para mejorar las tecnologías
vinculadas en el tratamiento del agua a fin de garantizar la más alta calidad.
Operar, conservar, controlar y vigilar el funcionamiento de los sistemas de
aprovechamiento y distribución de agua potable, de agua residual tratado de
alcantarillado y drenaje, así como la distribución y uso de las aguas pluviales,
proyectar, ejecutar, supervisar las obras necesarias para controlar las
inundaciones, así como los hundimientos y movimientos de suelo cuando estos sean
de origen hidráulico, fijar las especificaciones a las que deberán sujetarse las
obras y servicios hidráulicos a cargo del departamento de servicios hidráulicos.
Implantar y operar sistemas de tratamiento de aguas residuales de conformidad
con las normas técnicas ecológicas aplicables. (Enviado por:
Pedro B.. Marquez, Fuente oficial:
Archivo de consulta personal...) |