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Prestamos hipotecarios y sus comisiones.
Cuando usted realiza una hipoteca son muchos los detalles que debe tomar en
cuenta en relación al
préstamo y los intereses,
pues no se trata solamente de asuntos como los tipos de interés, plazos,
importe, cuotas de amortización al mes, etc. ya que hay otros temas que podrían
causarle serios disgustos en caso de no estudiarlos al detalle. Entre esos se
encuentran los siguientes:
1. Comisión de apertura y estudio. En este se incluyen todos los que han
sido originados por el banco o caja de ahorros a las entidades por la
tramitación del contrato del préstamo hipotecario. Es calculado entonces un por
ciento del importe de dicho préstamo. Usualmente el cobro de dicha comisión se
efectúa cuando el contrato es firmado. De todas formas se puede realizar un
acuerdo con la entidad financiera, para ir abonando según la vida del préstamo.
En esta está incluido el cálculo de la TAE, que quiere decir la tasa anual
equivalente o el coste efectivo del préstamo. En definitiva lo que usted debe de
comparar con las ofertas de los demás bancos es la TAE.
2. Comisión de cancelación o amortización anticipada. Aplicada por la
entidad financiera en caso de que el cliente quiera cancelar la hipoteca antes
de que se cumpla el plazo. Esta es calculada como un porcentaje sobre la
cantidad que se cancela o se entrega a la cuenta. Hay unos límites máximos
establecidos por ley para las comisiones de cancelación.
3. Comisión de subrogación. Esta es una posibilidad recogida por la
legislación vigente, en la cual es fijada en el 1% del préstamo. Con ella se
puede cambiar de hipoteca de un banco a otro, teniendo el riesgo o posibilidad
de que se produzca un cambio en el tipo de interés, así como conservar las
condiciones con relación al plazo e importe pendiente de amortizar. [ Equipo
arquitectura y construcción de
ARQHYS.com ].
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