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Promotores de casas y apartamentos.
El promotor de viviendas es la persona física o jurídica, encargado de tomar la
iniciativa de promover
viviendas para
posteriormente venderlas. Por esta razón es quien toma la decisión, se encarga
de la programación y la financiación de las obras de una edificación. Los
recursos financieros que se utilizan pueden ser propios o ajenos.

También son incluidos dentro de este concepto de promotor:
• Los propietarios que realizan construcciones en beneficio propio.
• Las comunidades de propietarios.
• Las cooperativas de viviendas.
Es responsabilidad del promotor inmobiliario, la toma de algunas decisiones
estratégicas, como por ejemplo comprar un solar o solicitar autorizaciones
administrativas, así como también la contratación de la edificación.
El promotor de viviendas, tiene la obligación de cumplir todo lo que ha sido
publicitado, y que se encuentra vinculado a la constructora y a los compradores,
igual que si fuera un contrato. Por esta razón es de vital importancia que la
publicidad que les sea entregada a los potenciales compradores sobre las
viviendas de nueva construcción, se pueda conservar, es decir, los anuncios y
los folletos de las promociones, para el caso de que sea necesario que
posteriormente se realice alguna reclamación.
El promotor o vendedor de viviendas, debe de suministrar todos los datos
correspondientes al comprador, entre ellos se encuentran:
• El nombre o razón social del promotor, el domicilio y los datos de la
inscripción en el registro mercantil.
• Los planos de emplazamiento de la infraestructura.
• Los datos del registro de la nueva propiedad.
• La información sobre seguro de daños y vicios ocultos.
• Las copias de las licencias necesarias para la construcción y ocupación.
• Los estatutos de la comunidad.
• Tarifa total de la venta y la manera en que se realizará el pago.
• Elección de Notario.
• Un modelo del contrato de compraventa, que incluya las condiciones generales y
especiales, quedando establecidos los derechos del comprador, a exigir que le
sea otorgada la escritura pública.
Otros de los documentos que los promotores o vendedores deben facilitar son:
• La cédula de habitabilidad.
• Recibo de la última anualidad del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
• Recibo del Impuesto sobre el incremento de la plusvalía.
• La información de registro de la finca.
• Plano técnico en que aparezca la superficie y distribución de la vivienda. [ Equipo
arquitectura y construcción de
ARQHYS.com ].
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