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 Promotores de casas y apartamentos

Promotores de casas y apartamentos.  El promotor de viviendas es la persona física o jurídica, encargado de tomar la iniciativa de promover viviendas para posteriormente venderlas. Por esta razón es quien toma la decisión, se encarga de la programación y la financiación de las obras de una edificación. Los recursos financieros que se utilizan pueden ser propios o ajenos.



También son incluidos dentro de este concepto de promotor:

• Los propietarios que realizan construcciones en beneficio propio.
• Las comunidades de propietarios.
• Las cooperativas de viviendas.

Es responsabilidad del promotor inmobiliario, la toma de algunas decisiones estratégicas, como por ejemplo comprar un solar o solicitar autorizaciones administrativas, así como también la contratación de la edificación.

El promotor de viviendas, tiene la obligación de cumplir todo lo que ha sido publicitado, y que se encuentra vinculado a la constructora y a los compradores, igual que si fuera un contrato. Por esta razón es de vital importancia que la publicidad que les sea entregada a los potenciales compradores sobre las viviendas de nueva construcción, se pueda conservar, es decir, los anuncios y los folletos de las promociones, para el caso de que sea necesario que posteriormente se realice alguna reclamación.

El promotor o vendedor de viviendas, debe de suministrar todos los datos correspondientes al comprador, entre ellos se encuentran:

• El nombre o razón social del promotor, el domicilio y los datos de la inscripción en el registro mercantil.
• Los planos de emplazamiento de la infraestructura.
• Los datos del registro de la nueva propiedad.
• La información sobre seguro de daños y vicios ocultos.
• Las copias de las licencias necesarias para la construcción y ocupación.
• Los estatutos de la comunidad.
• Tarifa total de la venta y la manera en que se realizará el pago.
• Elección de Notario.
• Un modelo del contrato de compraventa, que incluya las condiciones generales y especiales, quedando establecidos los derechos del comprador, a exigir que le sea otorgada la escritura pública.

Otros de los documentos que los promotores o vendedores deben facilitar son:

• La cédula de habitabilidad.
• Recibo de la última anualidad del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
• Recibo del Impuesto sobre el incremento de la plusvalía.
• La información de registro de la finca.
• Plano técnico en que aparezca la superficie y distribución de la vivienda. [ Equipo arquitectura y construcción de ARQHYS.com ].

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