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Subrogacion y prestamos hipotecarios.
Se conoce como subrogación al acto que permite la modificación de las
condiciones establecidas en un contrato para cambiar a una persona fija por otra
que tenga los mismos o mejores conocimientos en el área; el cual deberá de
cumplir las obligaciones que muestre el contrato. Cuando se habla de subrogación
en un
préstamo hipotecario se
refiere a la sustitución de una entidad financiera por otra que deberá de
respetar todas las obligaciones establecidas.

Existen dos formas de subrogación, estas son:
• Subrogación por asumir obligaciones ya contraídas.
• Subrogación con cambio de entidad financiera.
En la primera subrogación el comprador de una casa tiene que
respetar todas las obligaciones y asumir los derechos de otra persona. Un
ejemplo es cuando una persona toma un préstamo que anteriormente fue concedido
con garantía de la vivienda. En la segunda subrogación el prestatario sustituye
su préstamo por otra entidad financiera que le ofrezca menores condiciones para
pagar su préstamo hipotecario por medio de los tipos de interés. [ Equipo
arquitectura y construcción de
ARQHYS.com ].
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