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Acero de refuerzo.
El trabajo cubierto por este capítulo consiste en el suministro,
transporte, corte, doblaje, figuración, y colocación de barras de acero para el
refuerzo de estructuras y demás obras que requieran de este elemento, de
conformidad con los diseños y detalles mostrados en los planos en cada caso, los
requisitos de estas especificaciones, lo indicado en el Código Colombiano de
construcciones Sismo-resistentes, y las instrucciones del Interventor. |
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SUMINISTRO, DOBLAJE, FIGURACION Y
COLOCACION DE ACERO DE REFUERZO. ateriales. Las varillas de refuerzo
serán suministradas por el Contratista libres de defectos, dobladuras y curvas
que no puedan ser enderezadas. Se utilizarán barras redondas lisas con un
esfuerzo de cedencia de 2.820 Kg/cm2, grado 40 y barras redondas corrugadas con
esfuerzo de cedencia de 4.200 Kg/cm2 grado 60, de acuerdo con los planos, los
cuales se ajustarán a las normas del Código Colombiano de Construcciones
Sismo-resistentes en su capítulo C.3, sección C.3.5, o en su defecto las normas
ASTM-1562 y ASTM-615-68 respectivamente. Listas y
Diagramas de Despiece. Cuando los planos no incluyan listas o
diagramas de despiece, el Contratista las preparará y someterá a la aprobación
del Interventor con una anticipación no menor de quince (15) días, antes de
ordenar el corle y doblado de las barras. Dicha aprobación, no eximirá al
Contratista de su responsabilidad por la exactitud de las listas y diagramas de
despiece, ni de su obligación de suministrar, doblar y colocar el refuerzo en
forma correcta de acuerdo con estas especificaciones.
Colocación del Refuerzo. Las barras de
refuerzo se doblarán en frío de acuerdo con los detalles y dimensiones mostrados
en los planos. No podrán doblarse en la obra barras que estén parcialmente
embebidas en el concreto, salvo cuando así se indique en los planos o lo
autorice el Interventor. Todo el acero de refuerzo se colocará en la posición
exacta mostrada en los planos y deberá asegurarse firmemente, en forma aprobada
por el Interventor, para impedir su desplazamiento durante la colocación del
concreto. Para el amarre de las varillas se utilizará alambre y en casos
especiales soldadura. La distancia del acero a las formaletas se mantendrá por
medio de bloques de mortero prefabricados, tensores, silletas de acero u otros
dispositivos aprobados por el Interventor. Los elementos metálicos de soporte
que vayan a quedar en contacto con la superficie exterior del concreto no serán
corrosibles. En ningún caso se permitirá el uso de piedras o bloques de madera
para mantener el refuerzo en su lugar. La separación mínima recomendable para
varillas redondas debe ser de una (1) vez el diámetro de las mismas, pero no
menor de 25 mm. ni de 1-1/3 veces el tamaño máximo del agregado. Las varillas de
refuerzo, antes de su colocación en la obra e inmediatamente antes de la
colocación del concreto, serán revisadas cuidadosamente y estarán libres en lo
posible de óxido, tierra, escamas, aceites, pinturas, grasas y de cualquier otra
sustancia extraña que pueda disminuir su adherencia con el concreto. Durante la
colocación del concreto se vigilará en todo momento, que se conserven
inalteradas las distancias entre las varillas y la de éstas a las caras internas
de la formaleta. No se permitirá el uso de ningún elemento metálico o de
cualquier otro material que aflore de las superficies del concreto acabado,
distinto a lo indicado expresamente en los planos o en las especificaciones
adicionales que ellos contengan. Recubrimiento para el
Refuerzo. El recubrimiento mínimo para los refuerzos será el indicado
en los planos, y donde no se especifique, será como sigue: - Cuando el concreto
se coloque directamente sobre el terreno, en contacto con el suelo: 8 cm. - En
superficies formaleteadas que han de quedar en contacto con el suelo y en sus
superficies que han de quedar expuestas a la intemperie o permanentemente
sumergidas: 5 cm. - En cualquier otro caso, no será menor de 3 cm. - El
recubrimiento en prefabricados y en elementos con concreto preesforzado será de
acuerdo con lo especificado en el capítulo C-7, sección C.7.7 (recubrimiento de
refuerzo) del Código Colombiano de Construcciones Sismo-resistentes. (Articulo
enviado por: Yago MdeV,
yagomvg@yahoo.es) |