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En ningún caso los fulminantes, espoletas o detonantes,
podrán ser transportados o almacenados en conjunto con los explosivos. Las
excavaciones por medio de voladuras se ejecutarán destapando suficientemente las
rocas que van a ser fracturadas para conocer su tamaño, forma, dureza,
localización de grietas y así orientar adecuadamente las perforaciones, de
acuerdo con los estudios que se tengan para evitar, al máximo, los perjuicios
que puedan ocasionarse en zonas aledañas a la voladura. Las perforaciones se
harán del diámetro, dirección y profundidad técnicamente requeridas para que, al
colocar y activar las cargas debidamente calculadas y controladas, se logre el
máximo rendimiento en la "quema" con el mínimo de riesgos. Para proteger al
máximo, las estructuras adyacentes, las personas y las vecindades, la zona de
voladura se cubrirá con tablones, redes o mallas que impidan el lanzamiento de
partículas menores fuera de la zona que se desea controlar.
Solamente personal competente y autorizado debidamente por el Contratista, otra
autoridad competente y con el visto bueno del Interventor, podrá manejar,
transportar y activar los diferentes explosivos o inactivarlos y destruirlos
cuando se encuentren deteriorados. Se atenderán todas las normas vigentes de
seguridad que rigen en cuanto a: número de cargas que se puedan activar a un
mismo tiempo, longitudes de mecha de seguridad, manejo de fulminantes,
prevención en caso de tormentas eléctricas, equipos de radio teléfono,
utilización de herramientas metálicas, protección contra humedad,
almacenamiento, transporte, o cualquiera otra actividad relacionada con la
aplicación correcta de las normas de seguridad. No obstante, la aprobación que
da el Interventor a las diferentes actividades que desarrolle el Contratista con
los explosivos, en ningún momento eximirá a éste de sus responsabilidades y, por
lo tanto, el Contratista está obligado a reparar por su cuenta y riesgo todos y
cada uno de los daños que se causen a personas o propiedades vecinas. Cuando sea
necesario, se podrán efectuar ciertas excavaciones en roca, por medio de cuñas u
otros sistemas diferentes a la excavación con explosivos. El costo que conlleva
a atender todas las instrucciones y normas antes relacionadas, lo mismo que las
suspensiones temporales de los trabajos y todas las demás medidas de seguridad
necesarias, se considerará incluido en el precio del ítem o ítems que impliquen
la excavación en roca. (Articulo
enviado por: Yago MdeV,
yagomvg@yahoo.es) |