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Hoteles y las pensiones. Como ya vimos anteriormente las
categorías de los hoteles no dependen del precio, sino que las estrellan son
otorgadas según unos requisitos mínimos, que estos cumplen, claro esta que hay
casos en que estos difieren según sea la comunidad autónoma.

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Estrella, Habitación doble que tiene 12 metros cuadrados
mínimo, una habitación individual de 7 metros cuadrados mínimos, más el
cuarto de baño de 3,5 metros cuadrados, calefacción y ascensor.
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Estrellas, Habitación doble que cuenta con 14 metros
cuadrados mínimo, habitación individual de mínimo 7 metros cuadrados, cuarto
de baño de 3,5 metros cuadrados mínimo, teléfono en habitación,
calefacción, ascensor
y servicio de caja de seguridad.
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Estrellas, Habitación doble con 15 metros cuadrados
mínimos, la habitación individual de mínimo 8 metros cuadrados, cuarto de
baño de 4 metros cuadrados mínimo, teléfono en habitación, calefacción, aire
acondicionado en zonas comunes, ascensor, minibar y servicio de caja de
seguridad.
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Estrellas, Habitación doble con 16 metros cuadrados
mínimo, habitación individual de 9 metros mínimos, cuarto de baño de 4,5
metros cuadrados mínimo, teléfono en habitación, calefacción, aire
acondicionado, ascensor, bar y caja fuerte.
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Estrellas, Habitación doble de 17 metros cuadrados
mínimo, la habitación individual de 10 metros cuadrado, cuarto de baño de 5
metros cuadrados mínimos, teléfono en habitación, calefacción, aire
acondicionado, ascensor, bar y caja fuerte en el dormitorio.
La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, establece a
favor de los consumidores que los hoteles, al momento de realizar la reserva
deben de informar sobre todos los datos necesarios de la calidad y
condiciones de sus servicios, deben de parecer también:
• La categoría
• Características del establecimiento
• Número de personas que se alojar
• Tarifa aplicada por noche
• Política de cancelación de la empresa
• Servicios adicionales
En caso de que no se cumplan estas condiciones pactadas, el
usuario tiene derecho a la devolución total o proporcional de lo abonado según
el nivel de los perjuicios sufridos. Para esto es necesario rellenar la hoja de
reclamación disponible en todas las empresas de servicios, presentarla ante OMIC
(Oficina Municipal de Información al Consumidor) o ante la Dirección General de
Consumo. [ Equipo
arquitectura y construcción de
ARQHYS.com ].
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