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Viviendas a tiempo compartido.
Las mayorías de las familias europeas prefieres vacacional en alojamiento de
tiempo compartido cada año. Pero las estafas, el costo elevado, la venta
agresiva, etc., han colocado al consumidor en una posición de extrema
inseguridad. España registra la mayor tasa de fraude al cliente en referencia a
vacacional a largo plazo. Según el abogado
especialista
en Derecho Mercantil y de Consumo, José Carlos Vázquez, esta gran demanda que
tiene este servicio de vacaciones, a hecho que el parlamento diera una reforma
de normativa, para regular este tipo de vacaciones. Esta reforma beneficia la
protección de los consumidores ante los fraudes y ayudará con los problemas que
tiene el consumidor de inseguridad.

Esta norma trabajará con los clubes que ya tienen mas de un año trabajando y con
propiedades a tiempo compartido de barcos, cruceros y caravanas. Gracias a esta
norma el consumidor tiene el derecho de desistir de la información
precontractual y la lengua del contrato. Con esta norma los consumidores podrán
vacacional sin la preocupación de que van a gastar una gran cantidad de dinero.
Con las vacaciones compartidas la persona tendrá una menor inversión que cuando
compra una vivienda de vacaciones, ya que no se paga el inmueble completo.
Gracias a esta norma el cliente puede renunciar a la promoción del club
vacacional sin ningún problema, ya que la compañía se compromete cancelar el
contrato y el préstamo de la afiliación del club de tiempo compartido. La
adquisición de estas viviendas se realiza por un periodo de tiempo. Esta nunca
será propiedad del consumidor, ya que el solo podrá utilizarla en un periodo de
tiempo establecido en el contrato. Este debe de realizar por escrito y debe de
indicar varios puntos muy importantes como:
• La fecha de extinción del contrato.
• La fecha de celebración del contrato.
• El tipo de derecho: real o personal.
• El día en que comienza y termina el contrato.
• Si el edificio del alojamiento esta construido.
• Detalles del mobiliario.
• Los derechos que tienen el usuario en todos los servicios e instalaciones.
• Los datos del comprador, del vendedor y de la empresa de servicios.
• El lugar y la firma del contrato.
• Etc.
Ahora bien la escritura debe de contener todos los detalles de la finca y los
servicios que disfrutará el usuario. También debe de tener la descripción de
cada uno de los alojamientos que dispone el edificio. Los detalles de cada
turno. El valor y el tipo de mobiliario que tendrá la unidad. Los días en que se
repararán el mobiliario. Presentará los detalles de todos los servicios que le
ofrecerán al consumidor. Presentará la duración del contrato, etc. [ Equipo
arquitectura y construcción de
ARQHYS.com ].
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