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En este caso el arquitecto debe
actuar siempre conforme a los intereses del cliente,
quien es el que paga por todos los costos incluyendo
los honorarios al arquitecto por sus servicios.
La contratación de servicios del constructor o
arquitecto puede ser de distintas formas, puede ser
por precios unitarios, en la cual el constructor
cotiza por unidad de obra. También puede ser la
contratación de la obra a precio alzado, en la cual
el constructor contrata por un valor total toda la
obra y absorbe de manera momentánea las variaciones
que se llegaran a suscitar, y comprometiéndose a
entregar la obra a tiempo y el cliente paga de
acuerdo a un programa de avance de obra
preestablecido. Otra variante de la contratación es
la contratación de obra por administración, en donde
el arquitecto administra directamente los recursos
del cliente quien absorbe todos los costos y sus
variaciones, así pues el arquitecto no asume ningún
riesgo y cobra por la prestación de sus servicios
profesionales. Otro tipo de contratación es la
llamada contratación por llave en mano, donde el
constructor se compromete a hacer completamente la
obra hasta su terminación final, y cobra una
cantidad previamente fijada que no se puede
modificar, y si hay incumplimientos de algún tipo se
somete a grandes multas.
Dentro de la posible actividad
comercial del arquitecto se deben diferenciar dos
actividades: la especulativa y la comercial. La
actividad especulativa es una actividad comercial
indeseable que solo busca lucrar, es dañina a la
economía y a la sociedad y crea una mala
distribución de la riqueza. La intermediación es
legítima mientras el intermediario (corredor
inmobiliarios) cobren por sus honorarios
profesionales y no se vean involucrados en el
beneficio obtenido por la venta del producto. La
actividad comercial es una forma legítima de trabajo
que consiste en la compra y venta de recursos útiles
al que hacer arquitectónico, estos comerciantes
participan en el libre mercado y por lo tanto se ven
afectados por lo que norman sus leyes. Monografía enviada por:
Rodrigo Ríos.
País: España |