Agenda de la construccion. |
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Agenda de la construccion.
El pasado mes de agosto entró en vigor Decreto 21/2006, promulgado por el gobierno catalán y por el que se regula la adopción de criterios medioambientales y de ecoeficiencia en los edificios (conocido coloquialmente como el Decreto de ecoeficiencia). En su artículo 6.2., el Decreto establece que al menos una familia de los productos empleados en la construcción del edificio, entendiendo como familia el conjunto de productos destinados a un mismo uso, deberá disponer de una etiqueta ecológica tipo I o tipo III.Para ayudar a los profesionales del sector a cumplir con este apartado del Decreto, el CAATB en colaboración con la Escuela Superior de Comercio Internacional (ESCI) ha desarrollado un proyecto de investigación subvencionado por el Departamento de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalitat de Catalunya. Los resultados del proyecto, que se comentan a continuación, se han integrado en la Agenda de la Construcción Sostenible.
Las familias de producto El Decreto de ecoeficiencia defiende la familia de productos como “el conjunto de productos destinado a un mismo uso”. Se trata, por tanto, de una definición no absoluta que puede ser interpretada de diferentes formas. Así, se podría considerar que una familia de productos son todas las puertas de un edificio o bien que únicamente sus pomos ya constituyen una familia propia. A la hora de establecer familias se deben considerar tanto los equipos y sistemas que intervienen en el proceso constructivo, como las categorías de producto incluidas en los sistemas existentes de ecoetiquetas tipo I y III. En el proyecto desarrollado se han analizado tres sistemas de ecoetiquetaje tipo I (aquellos citados expresamente por el Decreto de ecoeficiencia): distintivo de garantía de calidad ambiental de la Generalitat de Catalunya, etiqueta europea de la Unión Europea y la marca AENOR Medioambiente. Otro elemento que se debería considerar a la hora de definir familias de productos es la relevancia que pueden tener en cuanto a su impacto ambiental.A partir de esta investigación, se han identificado una serie de familias que se pueden utilizar actualmente para cumplir el apartado 6.2. del Decreto de ecoeficiencia y para las que existen productos disponibles:- pavimentos (duros y flexibles)- grifería, accesorios para equipos sanitarios y cisternas- pinturas y barnices (de interior y exterior)
Por otro lado, también se han considerado otras familias para las que existen ecoetiquetas tipo I, a pesar de que actualmente no hay ningún producto que la haya obtenido:- calderas y calentadores- aislantes térmicos y acústicos- particiones interiores: puertasActualmente se están desarrollando nuevas categorías del distintivo de garantía de calidad ambiental (Cataluña) que están relacionas con el sector de la construcción y, por tanto, la lista de familias de productos podría ser ampliada en breve (en consenso con la administración). Finalmente, cabe destacar que existen dificultades en la traducción de algunas categorías de producto de los sistemas de ecoetiquetaje en familias de producto. Las razones son diversas: - se trata de categorías muy genéricas que se deberían definir y adaptar al proceso y lenguaje de la construcción; es el caso, por ejemplo, de los productos de hormigón prefabricado o de árido reciclado- a pesar de estar relacionadas con los edificios, se trata de categorías que no forman parte del proceso constructivo; es el caso, por ejemplo, de las bombillas o el mobiliario- son categorías que no tienen suficiente entidad como para formar una familia por si solas, dado que no representan un impacto ambiental relevante; es el caso, por ejemplo, de productos como los asientos de inodoros o los pomos de puerta.En estos casos, se espera que la administración decida sobre la inclusión o no de estos productos en nuevas familias de producto.
En cualquier caso, la lista de familias se debería ampliar hasta incluir todos los productos, equipos y sistemas que intervienen en la construcción de un edificio.Información disponible en la Agenda de la Construcción SostenibleDesde hace semanas, la Agenda de la Construcción Sostenible recoge productos que se pueden utilizar en el cumplimiento del artículo 6.2. del Decreto de ecoeficiencia. Estos productos forman parte de las familias nombradas anteriormente y disponen del distintivo de garantía de calidad ambiental (Cataluña), la ecoetiqueta europea o la marca AENOR Medioambiente. La lista se irá actualizando periódicamente, además se incluye un vínculo a los portales web de estos sistemas de ecoetiquetaje para que se pueda consultar la información más reciente.Se ha elaborado una ficha de cada producto en la que se puede encontrar la información de contacto de la empresa. Más adelante, se espera poder incluir una fotografía del producto, así como una copia del certificado de concesión de la etiqueta ara que se pueda utilizar en el control de recepción de material en la obra, así como en el control documental relacionado con el cumplimiento del artículo 6.2. del Decreto de ecoeficiencia.La Agenda también incluye un breve resumen sobre los criterios que distinguen la calidad ambiental de los productos ecoetiquetas. Además, se han adjuntado las regulaciones por las que se conceden estos distintivos.
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