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Seguro para viajeros. En las
ciudades de España, las personas que toman el trasporte público diariamente
están cubiertas por un seguro, cuyo costo esta incluido en valor del boleto, con
el fin de cubrir daños y lesiones que puedan suceder antes durante y después del
viaje en vehiculo. Este seguro es conocido como el Seguro Obligatorio de Viajero
(SOV), el cual cubre ante las lesiones o muerte accidental del pasajero. El
costo del seguro esta incluido en el precio del boleto, por lo que se hace
importante conservar el billete hasta tanto pase el viajes. A pesar de lo
importante del seguro, la entrada del mismo ha traído discusión, ya que el
seguro cubre a los viajeros que parten desde
España
hacia el exterior, pero no cubre a los viajeros que salen del exterior hacia
España.

Cobertura del Seguro. El seguro Obligatorio de Viajero, tiene el objetivo de
indemnizar al pasajero ante los daños corporales, muerte o pérdida de algún
miembro, incluye todos los medios de transporte público español que acojan más
de nueve pasajero en su interior, como los autobús, metro, tren y tranvía. En
este seguro están incluidos, también, los medios como teleférico, telesilla y
funiculares. Es seguro tiene la ventaja que cubre los accidentes antes, durante
o después que el medio de trasporte se halla puesto a la disposición del
viajero, ya sea que sufra una fractura al subir o bajar del vehiculo. Las
disposiciones del Seguro están establecidas en el Real Decreto N 1575/ 1989,
emitido el 22 de diciembre del año 2006 por el Gobierno Español.
El decreto establece que el seguro cubrirá los accidentes ocurridos al pasajero
antes de entrar o salir del vehiculo, cuando el pasajero tenga o no contacto con
el vehiculo, o con el suelo, cubriendo las caídas en el transporte a
consecuencia de frenar rápido o choque del vehiculo. En el seguro están
cubiertas la lesiones corporales productos de choque, vuelco, salida de la vía,
incendio, explosión del vehiculo, golpes del vehiculo o cualquier otro daño que
afecte al trasporte. En tanto que quedan excluidos del seguro los accidentes que
sufra el viajero bajo el efecto del alcohol o bajo los efectos de alguna otra
droga. [ Equipo
arquitectura y construcción de
ARQHYS.com ].
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