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Centralizaciones de contadores

Se ajustarán a lo establecido en la Instrucción ITC-BT-16 y a las Normas Particulares aprobadas a la empresa suministradora.

Se distinguen las siguientes formas de colocación: – En forma individual, que únicamente será aplicable cuando se trate de un suministro a un único usuario independiente, o a dos usuarios alimentados desde un mismo lugar. – En forma concentrada. Si el número de contadores es superior a 16, se situarán en un local. La concentración de los contadores se situará de la forma siguiente: – En edificios hasta 12 plantas se colocarán en la planta baja, entresuelo o primer sótano. – En edificios de más de 12 plantas, se podrán concentrar por plantas intermedias, comprendiendo cada concentración 6 o más plantas.
Podrán disponerse concentraciones por plantas cuando el número de contadores en cada una de las concentraciones sea superior a 16. – Estas condiciones pueden quedar matizadas en las Normas Particulares de las empresas suministradoras. En el proyecto de Normas Particulares Sevillana-Endesa que conocemos, se establece lo siguiente: – Contadores centralizados en planta baja. Es el esquema recomendado en general, y obligatorio para edificios hasta 12 plantas. – Contadores centralizados en planta baja y en una o más plantas intermedias. Se podrá utilizar en edificios de más de 12 plantas. – Contadores centralizados en cada planta.
Se podrá utilizar en edificios en los que el número de contadores por planta sea mayor de 16. Se llama la atención sobre el hecho de que, si bien el Reglamento prevé la posibilidad de situar la centralización en entresuelo, planta baja o primer sótano, en las Normas de Sevillana-Endesa se admite solamente la situación en planta baja. El programa que se acompaña ha de aplicarse a cada una de las centralizaciones.
En los casos de edificios con más de una centralización para una misma acometida, normalmente las potencias serán elevadas pudiendo considerarse una o más CGP y sus correspondientes líneas generales , alimentándose independientemente cada una de las centralizaciones parciales. No obstante, si existiesen CGP y líneas de alimentación comunes a las centralizaciones, podría considerarse cada una de éstas como una parte de una centralización única, en la forma que se describe en el programa.  
Por otra parte, los contadores podrán situarse:
– En local.
– En armario, si el número de contadores es igual o inferior a 16. El local cumplirá las condiciones de protección contra incendios que establece la NBE-CPI-96 para locales de riesgo especial bajo, y responderá a lo siguiente: – Estará situado en planta baja, entresuelo o primer sótano, salvo cuando existan concentraciones por planta.
Esta condición puede quedar alterada en las Normas Particulares de la empresa suministradora – No servirá nunca de paso ni de acceso a otros locales.
– Estará constituido con paredes de clase M0 y suelos de clase M1, (Norma UNE 23727), separado de otros locales que presenten riesgo de incendio o produzcan vapores corrosivos, y no estarán expuestos a vibraciones ni humedades.
– Dispondrá de ventilación e iluminación suficientes.
– Cuando la cota del suelo sea igual o inferior a la de los pasillos o locales colindantes, deberá disponer de sumideros de desagüe.
– Las paredes donde debe fijarse la concentración tendrán una resistencia no inferior a la del tabicón de medio pie de ladrillo hueco.
– El local tendrá una altura mínima de 2,30 m. y una anchura mínima en paredes ocupadas por contadores de 1,50 m. La distancia entre los laterales de dicha concentración y sus paredes colindantes será de 20 cm.
– La puerta abrirá hacia el exterior, y tendrá dimensión mínima de – 0,70×2 metros, su resistencia al fuego corresponderá a lo establecido para las puertas de riesgo bajo en la Norma NBE-CPI-96.
– Deberá instalarse un equipo autónomo de alumbrado de emergencia, de autonomía no inferior a 1 hora, con un nivel mínimo de iluminación de 5 lux.
– En el exterior del local deberá existir un extintor de eficacia 21B. En cuanto a los armarios, deberán cumplir las siguientes condiciones:
– Estarán situados en planta baja, entresuelo o primer sótano del edificio, salvo cuando existan concentraciones por plantas
Irá empotrado o adosado sobre un paramento de la zona común de la entrada, lo más próximo a ella y a la canalización de las derivaciones individuales.
– No tendrá bastidores intermedios que dificulten la instalación o lectura de los contadores y demás dispositivos.
– Desde la parte más saliente del armario hasta la pared opuesta deberá respetarse un pasillo de 1,5 metros, como mínimo.
– Los armarios tendrán unas características parallamas mínima PF-30 – Dispondrán de ventilación y de iluminación suficiente y en sus inmediaciones se instalará un extintor móvil de eficacia mínima 21B, así como una base de enchufe con toma de tierra de 16 A.
En relación con las centralizaciones de contadores, parece oportuno hacer las siguientes observaciones: El número total de contadores a prever de cada tipo estará en consonancia con el número total de derivaciones individuales y sus características (monofásicas o trifásicas). Se recuerda que el Reglamento establece que cuando no se conozca la división material de los locales comerciales, ha de preverse una derivación por cada 50 m2 de superficie. Se tendrá en cuenta que en las disposiciones sobre tarifas eléctricas se establece que las potencias contratadas superiores a 15 kW requerirán la existencia permanente de un contador de energía reactiva.
En el caso de edificios de viviendas en los que se prevea la utilización de la tarifa nocturna, parece que la solución más adecuada es la instalación de un reloj programador para establecer los cambios horarios para la totalidad de la centralización o para una parte de la misma. Normalmente, lo anteriormente indicado deberá ser establecido en las Normas Particulares de cada empresa suministradora. Dado que no hemos detectado una norma aplicable para fijar el calibre de los fusibles de seguridad, hemos decidido que, en el programa, sea el proyectista en que los defina, si bien a título orientativo indicaremos que dicho calibre ha de ser del orden de 63-80 A.
En cuanto a la instalación eléctrica, resaltaremos las partes que nos parecen más destacables de la ITC-BT-16.
Se indica que los contadores podrán estar ubicados en:
– Módulos (cajas con tapas precintables) – Paneles – Armarios Constituyéndose conjuntos que cumplirán la Norma UNE EN 60.439, partes 1, 2 y 3. Las empresas suministradoras normalmente exigirán la instalación en módulos homologados, debiendo cumplirse lo establecido en el apartado 3 de la ITC-BT-16. El grado de protección mínimo, de acuerdo con las Normas UNE 20.324 y 50.102 será: Para instalaciones de tipo interior; IP 40 ; IK 09. Para instalaciones de tipo exterior : IP 43; IK 09. Cada derivación individual deberá llevar asociada en su origen su propia protección, compuesta por fusibles de seguridad, con independencia de las protecciones correspondientes a la instalación interior de cada suministro.
Estos fusibles se instalarán antes del contador y se colocarán en cada uno de los hilos de fase o polares que van al mismo, tendrán la adecuada capacidad de corte en función de la máxima intensidad de cortocircuito que pueda presentarse en ese punto, y estarán precintados por le empresa distribuidora. Los cables a utilizar cumplirán las siguientes condiciones: – Serán de cobre y tendrán una sección de 6 mm2, salvo cuando se incumplan las prescripciones reglamentarias, en cuyo caso la sección será mayor. – Tendrán una tensión asignada de 450/750 V. – Serán de clase 2 según Norma UNE 21022 (Cables). – Serán no propagadores de incendio y con emisión de humos y opacidad reducida.
Gracias al colaborador Tomas Elias Megía por envianros este material…

Bibliografía


Referencias, créditos & citaciones APA:
Portal de arquitectura Arqhys.com. Equipo de redacción profesional. (2012, 12). Centralizaciones de contadores. Escrito por: Arqhys Arquitectura. Obtenido en fecha , desde el sitio web: https://www.arqhys.com/arquitectura/centralizaciones-contadores.html.

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