Curvas de retorno. Se deben considerar retornos en los pasajes vehiculares no continuos, para asegurar la comodidad de la maniobra y que obligue a los conductores de vehículos a adoptar bajas velocidades en los sectores residenciales.
Las curvas de retorno pueden solucionarse en terminaciones cuadrada, rectangular, circular, circular lateral, tipo T, tipo Y, y en rama principalmente. Se diseñarán curvas de retorno según la fórmula siguiente: r = c+a donde: c = significa ancho de la calzada vehicular a = ancho de una acera r = radio de curva del bordillo La contra curva de diseño del bordillo (tangente a la curva de retorno), tendrá un radio equivalente a 1.25 veces el radio de la curva de retorno.
DERECHOS DE VÍAS Los derechos de vías deberán sujetarse a la Ley de Caminos, a las disposiciones emitidas por el Ministerio de Obras Públicas, a los estudios y recomendaciones viales de la Dirección Metropolitana de Transporte y Vialidad y la Dirección Metropolitana de Territorio y Vivienda y al Cuadro No. 11 del Régimen del Suelo del Distrito Metropolitano de Quito, constante en el Código Municipal.