Dictamen técnico de proyectos de construcción.
Las modificaciones a los contratos de obra pública y servicios relacionados con las mismas, deberán sustentarse en un dictamen técnico que oportunamente emitirá el Residente de Obra. En dicho dictamen técnico se fundarán y motivarán las causas que originan la modificación del monto o del plazo de ejecución y se harán constar los aspectos siguientes: a) Antecedentes del caso. b) Las razones técnicas por las cuales se determinó procedente la modificación del contrato y deberán estar fundamentadas en las notas de bitácora o en comunicaciones escritas que se le hubieren hecho al contratista. c) Las razones de carácter normativo en las que se funda y motiva la modificación. d) La fecha y lugar de elaboración. a) Nombre, firma y cargo del Residente de la Obra que emite el dictamen.. Gracias al arquitecto Luis Raul Moriel por colaborarnos este material.